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  September 10, 2025

Consideraciones fiscales para Ejecutivos que se mudan a EE. UU.

Por Derek Morgan, Director de Servicios Fiscales Internacionales

La decisión de un ejecutivo no estadounidense de mudarse a los Estados Unidos por motivos laborales o personales es un hito importante, a menudo acompañado de emocionantes oportunidades profesionales y cambios en el estilo de vida. Sin embargo, bajo la superficie de una reubicación internacional se encuentra una compleja red de consecuencias fiscales, requisitos de cumplimiento y decisiones estratégicas que pueden afectar la riqueza, la compensación y la planificación financiera a largo plazo. Comprender estas implicaciones es esencial para los ejecutivos, sus familias y sus asesores para lograr una reubicación exitosa a los Estados Unidos.

Comprendiendo la residencia fiscal en EE. UU.

Prueba de presencia sustancial

Uno de los primeros cuestionamientos que debe responder un ejecutivo no estadounidense es si se convertirá en residente fiscal de EE. UU. El servicio de Impuestos Internos (IRS) Utiliza la “prueba de presencia sustancial” para determinar la residencia a efectos fiscales. Si una persona está físicamente presente en EE. UU. durante al menos:

  • 31 días durante el año fiscal actual, y
  • 183 días durante el año actual y los dos años anteriores, calculados utilizando una formula ponderada (todos los días del año actual, 1/3 de los días del primer año anterior y 1/6 de los días del segundo año anterior).

Cumplir con esta prueba significa que el ejecutivo se considera residente de EE. UU. a efectos fiscales, lo que implica que sus ingresos mundiales están sujetos a tributación en EE. UU. Existen excepciones, como ciertos tipos de visa (por ejemplo, visas F, J, M o Q) o asignaciones de corta duración, pero la mayoría de las reubicaciones corporativas resultan en un cambio de estatus de residencia.

Residencia dual y reglas de desempate

Los ejecutivos de países que tienen tratados de impuestos sobre la renta con Estados Unidos pueden encontrarse clasificados como residentes fiscales en ambas jurisdicciones. Los tratados fiscales suelen contener disposiciones de “desempate” para determinar el país de residencia principal, priorizando factores como la vivienda permanente, el centro de intereses vitales, la residencia habitual y la nacionalidad. Estas pruebas, según lo permitido por el tratado, pueden permitir que el beneficio específico del tratado “anule” la regla general de la prueba de presencia sustancial.

Tributación mundial vs. tributación territorial

Estados Unidos aplica un sistema de tributación mundial para sus residentes, lo que significa que todos los ingresos, sin importar dónde se generen, están sujetos al impuesto federal sobre la renta. Esto contrasta con muchos países que solo gravan los ingresos locales (territorial). Para los ejecutivos acostumbrados a la tributación territorial, el cambio al sistema de tributación mundial de EE. UU. puede ser drástico, afectando el salario, los ingresos por inversiones, los ingresos por alquileres y las ganancias por la venta de activos en el extranjero.

Declaraciones de ingresos y activos en el extranjero

Los residentes ficales de EE. UU. deben declarar los ingresos provenientes de fuentes extranjeras, incluyendo salarios, intereses, dividendos, ganancias de capital, ingresos por alquileres e incluso planes de jubilación. Además, existen normas de declaración exhaustivas que se aplican a cuentas bancarias y activos financieros en el extranjero.

  • Informe de Cuentas Bancarias en el Extranjero (FBAR: Si el saldo total de las cuentas extranjeras supera los $10,000 en cualquier momento del año, se requiere presentar el Formulario FinCEN 114.
  • FATCA (Formulario 8938): La ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero exige la divulgación de ciertos activos financieros extranjeros que excedan determinados umbrales.
  • Fideicomisos y Corporaciones Extranjeras: La propiedad de entidades no estadounidenses puede requerir presentaciones adicionales (formulario 3520, Formulario 5471, Formulario 8865).

Tributación de la remuneración ejecutiva

La estructura de la compensación ejecutiva – salario, bonificaciones, opciones sobre acciones, compensación diferida y beneficios – puede estar sujeta a diferentes tratamientos fiscales según el estatus de residencia y las reglas de origen de los ingresos. Se recomienda contactar a un profesional en materia fiscal para determinar la fuente adecuada antes de realizar una mudanza.

Salario y bonificaciones

El salario base y las bonificaciones en efectivo obtenidas mientras el ejecutivo es residente fiscal en EE. UU. generalmente están sujetos a impuestos en EE. UU., independientemente del país desde el cual se realice el pago. La compensación obtenida antes de adquirir la residencia puede seguir siendo gravable en el país de origen del ejecutivo. Es recomendable consultar con profesionales legales y fiscales como parte del proceso de planificación previo a la mudanza.

Remuneración basada en acciones

Las opciones sobre acciones, las unidades de acciones restringidas (RSUs) y premios similares representan desafíos para un ejecutivo que se traslada de país. Estados Unidos grava la compensación en acciones según el período en que se devenga (fechas de otorgamiento, consolidación y ejercicio), así como la residencia fiscal del ejecutivo durante esos períodos. Los ejecutivos deben llevar un control riguroso de las fechas de otorgamiento, los calendarios de consolidación y los ejercicios, ya que un cambio de residencia puede afectar el lugar (y el momento) en que se grava el ingreso.

Compensación diferida y planes de jubilación en el extranjero

Muchos ejecutivos participan en esquemas de compensación diferida o poseen pensiones en el extranjero. Las normas fiscales de EE. UU. para estos planes pueden diferir de las del país de origen, lo que a veces provoca una aceleración del ingreso sujeto a impuestos o la pérdida de un tratamiento fiscal favorable. Los tratados fiscales pueden ofrecer alivio, pero es fundamental realizar una revisión cuidadosa.

Impuestos estatales y locales (SALT)

El sistema fiscal federal de EE. UU. se complementa con impuestos estatales y locales adicionales. La residencia para fines fiscales estatales suele determinarse por la presencia física, aunque las reglas varían considerablemente entre estados. Estados con altos impuestos, como California y Nueva York, aplican medidas de fiscalización rigurosas, por lo que los ejecutivos deben planificar cuidadosamente para evitar una posible doble tributación o aprovechar créditos por impuestos pagados en el extranjero.

Seguro Social y Medicare

Los residentes fiscales de EE. UU. generalmente pagan impuestos de Seguro Social y Medicare sobre los ingresos obtenidos. Algunos países tienen “convenios de totalización” con EE. UU., que permiten a los ejecutivos evitar pagos dobles y coordinar beneficios de jubilación. Estos convenios deben analizarse cuidadosamente para determinar los beneficios adecuados que un ejecutivo podría recibir según el tratado. En ausencia de dichos acuerdos, podrían requerirse contribuciones en ambos países. Los profesionales legales y fiscales de EE. UU. son clave para navegar estos tratados y asegurar que se reciban todos los beneficios permitidos al momento de una reubicación. 

Impuestos de salida y planificación de la partida

Mudarse a Estados Unidos puede activar impuestos de salida en el país de origen del ejecutivo, especialmente para aquellos considerados “expatriados cubiertos” o individuos de alto patrimonio. Una planificación cuidadosa antes de la partida puede minimizar los costos fiscales, como la realización de ganancias de capital, la aceleración de deducciones y la reestructuración de activos.

Implicaciones fiscales sobre herencias y donaciones

La residencia en Estados Unidos también conlleva la exposición a impuestos sobre herencias y donaciones aplicables a los activos en todo el mundo. El sistema estadounidense es más amplio que el de muchas jurisdicciones extranjeras, con distintos montos de exención, tasas impositivas y reglas para personas no ciudadanas. Los ejecutivos deben revisar sus planes patrimoniales, estructuras fiduciarias y designaciones de beneficiarios para asegurar que estén alineados con la legislación estadounidense.

Consideraciones especiales para las familias

Las implicaciones de la residencia fiscal se extienden, en muchos casos, a los cónyuges y dependientes. Los ingresos familiares, fideicomisos extranjeros, gastos educativos y propiedades inmobiliarias deben analizarse conforme a las normas de Estados Unidos. Las familias internaciones deben estar conscientes de los posibles problemas relacionados con el impuesto sobre donaciones y los requisitos de declaración de activos extranjeros propiedad de los hijos.

Estrategias de planificación fiscal

Dada la complejidad de una reubicación internacional, la planificación fiscal proactiva es fundamental:

  • Revisar y reestructurar inversiones extranjeras y fideicomisos antes de mudarse o recibir la residencia permanente.
  • Considerar el momento adecuado para la realización de ingresos, especialmente en lo relacionado con compensaciones en acciones y pagos diferidos.
  • Buscar asesoría profesional sobre los beneficios de tratados fiscales para evitar la doble tributación.
  • Presentar todas las declaraciones y divulgaciones fiscales requeridas tanto en EE. UU. como en el extranjero.
  • Abordar con anticipación las exposiciones al impuesto sobre herencias y donaciones, especialmente en patrimonios grandes.
  • Coordinar con asesores tanto del país de origen como del país destino para una planificación integral.

Errores comunes y riesgos

Los ejecutivos a menudo subestiman los requisitos de las normas fiscales de EE. UU. Los errores comunes incluyen:

  • No declarar cuentas financieras e inversiones extranjeras, lo que puede generar sanciones severas.
  • Activar inadvertidamente la doble tributación al no aprovechar los beneficios de tratados fiscales.
  • Malinterpretar el tratamiento de la compensación en acciones al momento de la reubicación.
  • Pasar por alto las obligaciones fiscales estatales y locales.
  • Ignorar las consecuencias fiscales sobre herencias y donaciones en relación con el patrimonio familiar.

Conclusión

Mudarse a Estados Unidos ofrece enormes oportunidades profesionales, pero esta transición conlleva importantes implicaciones fiscales para los ejecutivos no estadounidenses. Al comprender las reglas de residencia fiscal en EE. UU., las obligaciones de cumplimiento y la compleja interacción entre los regímenes tributarios nacionales e internacionales, los ejecutivos pueden enfrentar los desafíos, reducir riesgos y posicionarse para el éxito.

La colaboración temprana con asesores fiscales especializados en operaciones transfronterizas, junto con una revisión cuidadosa de las estructuras financieras, es esencial para garantizar una transición fluida – protegiendo tanto el patrimonio personal como los intereses corporativos en una nueva etapa de liderazgo internacional. Contacta al equipo de servicios fiscales internacionales de Mowery & Schoenfeld para recibir asesoría especializada.